LOS DIEZ PRINCIPIOS DE POLÍTICAS PARA PYMES DE LA UNIÓN EUROPEA

Economía 30 nov 2015
LOS DIEZ PRINCIPIOS DE POLÍTICAS PARA PYMES DE LA UNIÓN EUROPEA

La Small Business Act (SBA) para Europa tiene por objeto crear unas condiciones favorables para el crecimiento y la competitividad sostenida de las pequeñas y medianas empresas (PYME) europeas.

Las políticas comunitarias y las de cada una de las naciones que integran la Unión Europea deben tener en consideración el papel de las PYME en el crecimiento económico y la creación de empleo.

El SBA se basa en diez principios orientados a definir las políticas comunitarias y nacionales, y en medidas prácticas para su aplicación.

Todos los programas que tiene la Unión Europea y sus estados miembros encajan en cada uno de estos diez postulados los cuales resumimos a modo que sirvan de ejemplo para aquellos organismos encargados de desarrollar las Políticas destinados a las MiPyMEs en nuestro país:

I. Establecer un marco en el que los Empresarios y las empresas familiares puedan prosperar y en la que se recompense el espíritu empresarial.

Desarrollo de un marco favorable para los empresarios para facilitar la creación de PYME, y fomentar la transmisión de empresas, especialmente de PYME familiares.

La Comisión debe promover la cultura empresarial, en especial mediante la creación de redes de empresas y el intercambio de experiencias. Los Estados miembros deben adoptar medidas en materia de enseñanza, formación, fiscalidad y asistencia a empresarios, en particular a grupos específicos, como mujeres o jóvenes.

II.  Garantizar que los empresarios honestos que hayan hecho frente a una quiebra tengan rápidamente una segunda oportunidad.

Apoyo a los empresarios de buena fe que quieran volver a iniciar una actividad después de una declaración de quiebra.

La Comisión impulsa el desarrollo de una política de segunda oportunidad. Desde esta perspectiva, los Estados miembros deben establecer sistemas de apoyo y limitar la duración de los procedimientos de liquidación tras una quiebra no fraudulenta.

III. Elaborar normas conforme al principio de “pensar primero a pequeña escala”.

Planteamiento de la normativa según el principio pensar primero a pequeña escala (Think Small First).

Antes de adoptar nuevas normativas, la Comisión y los Estados miembros deben evaluar su impacto realizando una prueba de las PYME y llevar a cabo consultas con las partes interesadas. Se deberán contemplar medidas específicas para las PyMEs en materia de información y declaración.

IV Hacer a las administraciones públicas permeables a las necesidades de las PYMES.

Adaptación de las administraciones públicas a las necesidades de las PYME y eliminación de los obstáculos administrativos.

Los Estados miembros deben recurrir con mayor frecuencia a procedimientos simplificados, a la administración en línea y al sistema de ventanilla única. Se comprometen a acelerar los procedimientos de creación de empresas y de actividades comerciales.

V. Adaptación de los instrumentos de los poderes públicos a las necesidades de las PYMES, facilitar la participación de las PYMES en la contratación pública y utilizar mejor las posibilidades de ayuda estatal ofrecidas a las PyMEs.

Adaptación de los instrumentos de los poderes públicos en materia de adjudicación de contratos públicos y de concesión de ayudas estatales.

La Comisión debe presentar un código de buenas practicas para los poderes adjudicadores de contratos públicos y un vademécum sobre las ayudas estatales para las PYME. Los Estados miembros deben adoptar medidas específicas para las PYME e informarles mejor sobre las opciones existentes.

VI. Facilitar el acceso de las PYMES a la financiación y desarrollar un marco jurídico y empresarial que propicie la puntualidad de los pagos en las transacciones comerciales.

Recurso a tipos de financiaciones diversificadas, como el capital de riesgo, el microcrédito o la financiación mezzanine.

La Comisión debe crear condiciones favorables a las inversiones, especialmente a escala transfronteriza. Los Estados miembros deben lanzar nuevos programas de incentivación, utilizando las posibilidades que ofrecen los fondos comunitarios.

VII Ayudar a las PYMES a beneficiarse más de las oportunidades que ofrece el mercado único.

La UE y los Estados miembros deben animar a las PYMES a beneficiarse más de las oportunidades que ofrece el mercado único, en especial mejorando la gobernanza e información sobre la política del mercado único, permitiendo que las intereses de las PYMES se tengan más en cuenta en la elaboración de normas, así como facilitando el acceso de las PYMES a las patentes y marcas registradas.

VIII. Promover la actualización de las cualificaciones en las PYMES y toda forma de innovación.

La UE y los Estados miembros deben promover la actualización de las cualificaciones en las PYMES y toda de innovación.

Deben fomentar la inversión de las PYMES en investigación y su participación en programas de apoyo en materia de I+D, investigación transnacional, clusters y gestión activa de la propiedad intelectual por parte de las PYMES.

IX. Permitir que las PYMES conviertan los desafíos medioambientales en oportunidades.

Transformación de los desafíos medioambientales en oportunidades, en lo relativo a la producción y comercialización de bienes y servicios.

En especial, la Comisión debe facilitar el acceso al Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS). Los Estados incentivarán a las PYME para que desarrollen nuevos productos y servicios respetuosos con el medio ambiente y adopten sistemas de gestión ecoeficaces.

X. Animar y ayudar a las PYMES a beneficiarse del crecimiento de los mercados.

Apertura de las PYME a los mercados externos.

Las PYME deben estar mejor orientadas para superar los obstáculos al comercio con los países terceros y, en particular, con los países emergentes. En este sentido, la Comisión crea centros europeos de empresas a escala internacional empezando por China e India, y apoya la apertura de mercados de contratación privada y pública de los países terceros.

← HACIA UN MODELO DE COMPETITIVIDAD PYME ¿CÓMO ES LA RELACIÓN CON NUESTROS CONSUMIDORES? →

Sobre el autor

Uiscumarr
Uiscumarr

Comments are closed